MILITIA DEI

12 de septiembre de 1145

Archivo Secreto Apostólico Vaticano. Registro de Bulas pontificas. Eugenio III. Libro, 15. Fólio, 71

 

 

A instancias de san Bernardo, Eugenio III dispuso la tercera bula concedida a los templarios. Con el nombre de «Militia Dei», cuya traducción no es necesaria, y debido a las grandes peticiones de personas particulares cuyas últimas voluntades eran enterrarse en los cementerios templarios, el Papa daba con esta bula un especial permiso a las casas de los templarios de toda la Europa cristiana, para que:

 

Nos, Eugenio, obispo, siervo de los siervos del Señor, enterados de que muchos cristianos creyentes y piadosos quieren soterrarse en las inmediaciones de las iglesias que son administradas o fueron construidas por la Orden de los hermanos del Templo de Jerusalén,  decretamos que, desde la fecha de recepción de este documento en adelante, tengan dichos hermanos del Templo de Jerusalén la pertinente autorización para sepultar a cuantos hijos de Dios y hermanos nuestros deseen enterrarse allí o pidan enterrarse allí. Y asimismo damos nuestra autorización para que por esta asistencia o auxilio fúnebre puedan los mencionados hermanos del Templo, cobrar diezmos, honorarios, testamentos y otros bienes de las personas que pidan enterrarse en sus cementerios. Y que de las ganancias obtenidas por este piadoso y necesario proceder, den al obispo la tercera parte.

        

Dado en Roma 12 de septiembre del primer año de nuestro pontificado.

 

En el año 1146, este papa, Eugenio III, también a instancias de san Bernardo, les concedió el privilegio de portar sobre su hombro derecho y sobre su pecho la cruz roja ochavada que tanto orgullo y gallardía aportó a los frailes del Templo de Jerusalén. Nos hemos permitido traer aquí este acontecimiento porque la cruz que el Papa les autorizó llevar, fue la que marcó, desde ese momento en adelante, su humanidad en el claustro y su crueldad en la guerra.

La elección de llevarla sobre el hombro derecho, obedecía al ideal, por todos ellos compartido, de no olvidar nunca que Cristo la llevó caminando hacia su muerte sobre su hombro derecho. De ahí que en el acto de aceptación del postulante a caballero templario se le hiciese dar a conocer, con palabras resonantes, la siguiente lectura sacada del Evangelio: «Si quis vult post me venire abneget se ipsum et tollat crucem suam cotidie et sequatur me», es decir, «Si alguno quiere venir en pos de mí, niéguese a sí mismo, tome su cruz cada día y sígame». Lucas. 9, 23. Y que el postulante tuviese que contestar con estas otras: «Mihi autem absit gloriari nisi in cruce Domini nostri Iesu Christi per quem mihi mundus crucifixus est et ego mundo», o sea, «Lejos esté de mí el gloriarme sino en la cruz de nuestro Señor Jesucristo, por medio de quien el mundo me crucifica a mí y yo al mundo». Gálatas. 6, 14.

En cuanto a lo de llevar la cruz en el pecho, está escrito que ellos consideraban la cruz roja como un tesoro celestial, y como tal, es decir, como un tesoro, acordaron llevarla cerca de su corazón porque conocían a la perfección aquellas palabras que pronuncia  en el Evangelio Lucas, 9. 23,  que dicen: «Ubi enim thesaurus vester est ibi et cor vestrum erit», es decir, «Porque donde esté vuestro tesoro, allí también estará vuestro corazón».