ORDEN DE LA LEGIÓN DE HONOR

 

 

Para recompensar los servicios militares y las buenas acciones y virtudes civiles, fue instituida esta orden por una ley que fue promulgada el día 19 de mayo de 1802.

Esta legión se componía de un gran consejo de administración y dieciséis divisiones , cada una de las cuales tenía un jefe particular. Cada división cobraba una renta anual de 200.00 francos sobre bienes nacionales. Diecisiete grandes oficiales formaban el consejo de administración, cuyo título conservaban durante toda su vida, aun cuando fuesen reemplazados por efecto de una nueva elección. Al tiempo de la instrucción, el primer cónsul era por derecho propio el jefe de la legión.

Cada división se componía de:

Los que eran recibidos en la legión, prestaban juramento sobre su palabra de honor de consagrarse al servicio del Imperio, a la defensa de la integridad de su territorio, de su gobierno y de sus leyes; de combatir por todos los medios y con todas sus fuerzas por la justicia, las leyes y la razón y atender cualquier otro atentado que tendiese a restablecer el régimen feudal, a renovar los títulos que le eran anejos, y a ayudar con todo su poder al mantenimiento de la libertad y de la igualdad.

Cuando Luis XVIII subió al trono, se puso al frente de la legión de honor, de la cual se declaró gran maestre, e introdujo en ella varias reformas en los estatutos y cambio las condecoraciones.

La administración de la orden estaba a cargo de un gran canciller que despachaba directamente con el rey.

Por decreto de 26 de marzo de 1816, se declaró que para la admision en la órden de la Legion de honor se necesitaba haber ejercido durante veinte y cinco años algun empleo civil ó militar sin tacha. Nadie podia pertenecer ninguna categoría sin haber sido antes simple caballero; fijándose el número de años que era preciso pertenecer á esta clase para obtener el grado inmediato , y así sucesivamente para los demás. La revolucion que sobrevino en 1848 respetó la orden de la Legion de honor, y por decreto de 12 de setiembre de este año, firmado por el presidente del consejo de ministros, encargado del poder ejecutivo, se suprimió en la condecoracion la estrella, que fué reemplazada por el busto de Bonaparte, primer consul , en el centro , con la fecha de 19 de mayo de 1802, y se restableció la divisa: Honneur etpatrie. (Honor y patria). Una ley publicada en 4 de diciembre de 1849, dispuso que los nombramientos y promociones en la órden serian publicadas en el Boletín de las Leyes y en el Monitor universal, con la relacion de los servicios militares ó civiles que las hubiesen motivado. Luis Napoleon Bonaparte, presidente á la sazon de la república, espidió un decreto en 31 de diciembre de 1851, restableciendo el águila francesa de. la Legion de honor. Otro decreto de S. A. I. dispuso que la condecoracion se restableciese en la propia forma que adoptó el emperador Napoleon I. En 16 de marzo de 1852 se reformaron los estatutos de la órden, que consta de siete capítulos con cincuenta y nueve artículos , de los cuales vamos á formar un resumen ; no insertándolos íntegros á causa de su estension. El primer capítulo trata de la organizacion y composicion de la órden. En él se dispone que esta institucion sirve para recompensar los servicios civiles y militares: que el gran maestre es el presidente de la república: divide en grandes-cruces, grandes-oficiales, comendadores, oficiales y caballeros, las clases de que se compone la institucion: establece el número de que deberá constar cada clase : que los condecorados lo son para du/ante su vida, y dispone, en fin, que los estranjeros son admitidos, pero no recibidos, en la orden ; es decir, que no prestan juramento. El capítulo II designa la forma y figura de la condecoracion, que es una cruz de cinco brazos con diez puntas que rematan en globitos, surmontados de una corona imperial. En el centro un escudete circular esmaltado de azul con el águila de oro, circuido de la divisa : Bonneur ctpatrie; en el reverso el busto de Napoleon', y en el exergo, Napoleon empereur desfrangais. Circuye la cruz una corona de laurel y encina de esmalte Verde. La condecoracion es de plata para los caballeros, y de oro para las demás clases. Los primeros la usan en el primer ojal de la casaca pendiente de una cinta encarnada ; los oficiales la llevan del propio modo, formando la cinta una roseta : los comendadores la colocan en sotuer : los grandes oficiales usan una placa sobre el pecho , al lado derecho, compuesta de una estrella de cinco rayos dobles, de plata ó de brillantes , del diámetro de noventa milímetros : en el centro el águila imperial de oro y el exergo Honeur etpatrie. Llevan además la cruz de oficial en el propio sitio que estos. Los grandes-cruces usan una banda de moaré encarnado, desde el hombro derecho al costado izquierdo , en cuyo estremo, con un lazo formado de una cinta mas estrecha , colocan la cruz igual á la de los comendadores, cuyo diámetro es de setenta milímetros ; y además al costado izquierdo del pecho lá placa como los grandes ficiales.

En el capítulo III se determina la admision y promocion en los diferentes grados de la órden. En tiempo de paz es preciso haber servido por espacio de veinte años con distincion, algun empleo civil ó militar: nadie puede ingresar en la órden sin ser nombrado antes caballero. Para ascender al grado superior inmediato , se necesita haber pertenecido en el inferior, á saber : para el grado de oficial, cuatro años de caballero : para el de comendador, dos años de oficial ; para el de gran oficial , tres años de comendador, y para el de gran-cruz , cinco años de gran oficial. Sin embargo, se esceptuan los casos de servicios estraordinarios en tiempo de guerra, las heridas en campo de batalla, en los cuales se puede prescindir del tiempo prefijado para los ascensos , pero de ningun modo puede ascenderse mas que á la clase inmediata á la que pertenece el promovido.Los nombramientos y promociones se hacen cada año el día 1.° de enero y el 15 de agosto , salvo los casos estraordinarios. El capítulo IV dispone la forma de la recepcion en la órden , y el modo de prestar el juramento. Los grandescruces y grandes oficiales lo prestan en manos del jefe del Estado : los comendadores , oficiales y caballeros , en presencia del gran canciller ó de un gran funcionario de la propia órden , y de lá misma graduacion de aquel, el cual será delegado al efecto. Los militares al servicio marítimo ó terrestre, y los empleados de administracion militar serán recibidos en acto de parada. El oficial encargado de la recepcion de un militar, despues de recibirle el juramento, le toca con la parte plana de la espada en cada hombro, y entregándole el diploma y la condecoración le dá el espaldarazo. Cuando se usa la insignia de la Legion de honor , no puede usarse la de ninguna otra orden estranjera sin espresa autorizacion del jefe del Estado. Por el capítulo V se designan las gratificaciones que deberán percibir los individuos de cada clase, y los honores que á cada una corresponden, siendo estos la de poner armas al hombro para los oficiales y caballeros ; y presentarlas , á los demás. Los grandes-cruces y grandes oficiales tienen los mismos honores fúnebres y militares que los generales de division y de brigada en cuartel : los comendadores, los equivalentes á un coronel ; los oficiales á los de un jefe de batallon , y los caballeros , á los de un teniente del ejército. El captítulo VI determina los casos en que se pierde la calidad de miembro de la Legion de honor, lo que sucede por iguales causas en que se pierde la de ciudadano francés. Cuando ha de ser degradado algun individuo, el presidente del tribunal de apelacion, á instancia del abogado general, ó el presidente del consejo de guerra á la del fiscal , si el delincuente es militar, pronuncia en seguida de la lectura de la sentencia la fórmula siguiente: Vos habeis faltado al honor , yo declaro en nombre de la Legion, que habeis dejado de pertenecer d ella. El jefe del Estado puede suspender en todo ó en parte los derechos prerogativas de los miembros de la orden y aun escluirles de ella segun la naturaleza del delito. En el capítulo VII se trata de la administracion de la orden, que está confiada al gran canciller, y tiene un secretario general nombrado por el jefe del Estado. El primero es depositario del sello, y son de su atribucion todos los negocios que ocurran sobre condecoraciones de las órdenes estranjeras concedidas á súbditos franceses. Los decretos relativos á la Legion son contra firmados por el ministro de negocios estranjeros , y visados por el gran canciller para su ejecucion : este presenta al jefe del Estado los partes , proyectos de decretos , reglamentos y decisionesque conciernen á esta órdeny á las estranjeras. Hay un consejo de órden que se compone del gran canciller , presidente : el secretario general , vice-presidente: diez miembros de la órden y además otro secretario que nombra el presidente. Este consejo se reune todos los meses y dá su parecer ó informe sobre los nombramientos y promociones propuestas por los ministerios sobre el presupuesto de la órden ; reglamento, cuentas, dispensas de servicios , medidas de disciplina y demás asuntos sobre los cuales el presidente juzga necesario su parecer.

Hay casas de educacion para los hijos de los individuos de la órden , bajo la proteccion de S. M. la emperatriz, en las cuales hay damas de primera y segunda clase, cuya insigia es una cruzpaté de oro esmaltada de blanco para las damas, y de plata para las novicias : en el centro de la cruz la imágen de la Virgen Santísima en su asuncion ; y en el reverso sobre fondo azul: Honneur eipatrie, y en el exergo : Maison d'éducation de Saint-Denis.