ORDEN DE SAN GREGORIO EL MAGNO

 

Su santidad Gregorio XVI instituyó esta orden en el primer año de su pontificado, o sea, el 1 de septiembre de 1831, con el propósito de recompensar la virtud, el mérito y los servicios militares y religiosos.

 

el día 30 de mayo de 1834, juzgando el Papa que convendría introducir algunas modificaciones en los estatutos de la orden, a fin de completar la obra que había comenzado, promulgó una bula de reforma que consistía principalmente en que a sí como constaba esta constitución de cuatro clases o categorías, las redujo solamente a tres. La primera comprende a los Grandes Cruces, cuyo número se fijo en treinta; la segunda perteneció a los caballeros comendadores, cuyo número fue fijado en setenta; y la tercera a los simples caballeros, que fue fijada en trescientos.

 

Para darnos una idea exacta de esta orden, tal como se encuentra en nuestros días, copiamos a continuación la bula apostólica citada, que traducida literalmente, dice lo siguiente:

 

Persuadidos de que las recompensas acordadas al verdadero mérito y a la virtud eminente son el medio más eficaz para excitar la emulación de los hombres, e inspirarse en el amor a la gloria; los pontífices romanos, en su alta sabiduría y previsión, han conferido siempre títulos y distinciones honoríficos a aquellas personas que, dotadas de grandes cualidades de corazón o de brillantes dones de espíritu, han trabajado con exquisito celo para hacerse útiles a la religión y al Estado.

 

Animados por los mismos sentimientos, al principio de nuestro pontificado, aun en medio del triste estado en que encontramos los negocios de nuestra santa Iglesia, quisimos crear una nueva muestra de distinción en favor de las personas conocidas por sus bellas acciones; a fin de estimular por medio de un atractivo más poderoso el celo de cada uno para el cumplimiento de sus deberes; teniendo sobre todo a la vista los cristianos fieles que particularmente reconocidos por su saber, su piedad y la pureza de sus costumbres, se han mostrado adictos a nuestra persona y a la silla de san Pedro, instituimos una nueva orden de caballería, que en nuestra profunda veneración por la memoria de San Gregorio el Magno, uno de nuestros predecesores, de quien tomamos el nombre en el momento en que fuimos llamados a gobernar la Iglesia, hemos designado con la denominación de: «Orden de San Gregorio el Magno».

 

Por todos estos motivos, pues, expedimos nuestras letras apostólicas en el primero de septiembre del año 1831, sellados con el mismo anillo de san Pedro, con las cuales hicimos saber a todas las instituciones de dicha orden, de la cual establecimos las insignias, consistentes en una cruz octogonal, cincela en oro y esmaltada en rojo, en cuyo centro está grabada la efigie de san Gregorio, suspendida de una cinta de seda encarnada con listas amarillas. Además, manifestamos las condiciones expresas que eran necesarias para aspirar a esta distinción; reservándonos lo propio que a los pontífices romanos, nuestros sucesores, el derecho de conferirla a aquellos que se hagan recomendables por su virtud, por su conocida piedad, por la honradez de sus familias, por sus eminentes servicios, por un gran celo en el cumplimiento de sus deberes, y en fin, por el voto de todos los hombres de bien. En cuanto a las categorías establecidas con esta dignidad, habíamos juzgado conveniente dividir la orden en cuatro categorías; comprendiendo la primera a los grandes cruces de primera clase; la segunda a los grandes cruces de segunda clase, la tercera a los caballeros comendadores, y la cuarta a los simples caballeros.

 

Los grandes cruces de primera clase deben llevar la gran cruz pendiente de un gran cordón de seda con los colores de la orden, pasado de derecha a izquierda, y además, en el costado izquierdo del pecho otra cruz o placa en forma de estrella enriquecida de pedrería.

 

Los grandes cruces de segunda clase han de llevar la cruz en la propia forma que los primeros, pero la placa sin rayos ni piedras.

 

Los comendadores solamente la cruz suspendida del cordón.

 

Y los simples caballeros, una pequeña cruz en el ojal de la casaca, del propio modo que la usan los caballeros de otras órdenes.

 

Y ya por último, y queriendo evitar toda irregularidad en la forma y figura de las insignias, hemos resuelto hacer grabar los modelos de la cruz de cada clase que deberán ser remitidos al propio tiempo que los diplomas.

 

En la persuasión en que estamos de que los títulos y dignidades brillan con más vivo esplendor cuando menos son prodigados, quisimos al instituir la orden de San Gregorio el Magno, limitar el número de caballeros de que debían componerse cada una de las cuatro categorías establecidas.

 

Mas, como nuestro pensamiento al establecerse una orden había sido ante todo acordar una recompensa a todos aquellos que, afectos invariablemente a la fe cristiana, llenos de celo por nuestra persona y por la gloria de la Santa Sede, se distinguiesen en estos tiempos de oposición o de indeferencia, por su ardor en defender la causa de nuestra santa religión y nuestra autoridad apostólica, no pudimos establecer en un principio estos límites y exclusiones.

 

Después de aquella época, la divina Providencia ha venido en nuestra ayuda, y habiéndose restablecido el orden apetecido en nuestras provincias pontificias, hemos resuelto en el momento de dar a los fieles de corazón las recompensas merecidas, modificar los estatutos relativos a la orden de San Gregorio el Magno, fundada por nuestra bula apostólica ya mencionada, introducir en ella las mejoras propias para acrecentar su majestad, y hacerla brillar con el más vivo esplendor.

 

Nos hemos, pues, establecido, y por las presentes queremos, que las dos primeras clases de la orden funda por Nos, en los sucesivo no formen sino una sola, que será denominada de primera clase.

 

Esta comprenderá los grandes cruces de la orden, y nos reservamos, lo mismo que a nuestros sucesores, el derecho de conferir en circunstancias particulares a cualquiera de los caballeros de esta clase la gran cruz enriquecida de diamantes. En consecuencia, todos los que han obtenido hasta ahora el título de gran cruz de segunda clase, quedan declarados desde ahora de primera. La orden queda reducida a tres clases: La de los grandes cruces, la de los comendadores, y la de los simples caballeros.

 

Además, a fin de limitar convenientemente el número de caballeros que han de componer la nueva orden, como sabia y prudentemente se han practicado siempre en todas las órdenes militares o de caballería, usando de nuestra plena autoridad, hemos fijado el número de grandes cruces a treinta; el de comendadores a setenta, y el de los simples caballeros a trescientos.

 

Esta limitación, sin embargo, no debe regir si no para los súbditos de nuestros Estados pontificios, que sean llamados a formar de la orden, con el bien entendido, que nos reservamos, lo mismo que a nuestros sucesores, el derecho de nombrar, cuando lo juzguemos conveniente, fuera de los límites establecidos, todos los otros dignatarios de cada clase que tengamos a bien entre los súbditos de otras naciones.

 

Queriendo asegurar perpetuamente de un modo inmutable e intacto la organización de dicha orden, hemos dispuesto que el jefe principal de sus archivos, mejor dicho, su gran canciller, sea S. E., el Cardenal encargado de la trascripción de breves apostólicos, quien deberá cuidar de que se lleve un registro fiel que indique los grados, nombres, fechas de la admisión y número de caballeros de la Orden de San Gregorio el Magno.

 

Así lo ordenamos y mandamos, no obstante las letras apostólicas ya relatadas, sin que sea necesario derogar expresa y nominalmente cada una de las disposiciones que puedan contener contrarias a las presentes. Séanos permitido esperar que esta nueva organización dada a la orden que hemos fundado, dará buenos resultados, y que las personas que habrán obtenido los títulos y dignidades que ella les confiere desde este momento, o que le serán conferidas en lo sucesivo por la munificencia de los pontífices, nuestros sucesores, corresponderán dignamente al fin especial de la institución; advertidos como lo serán, por la inscripción grabada sobre la cruz que deben usar, de que el honor de pertenecer a la orden será siempre concedido con preferencia a aquellos que por sus buenas acciones habrán merecido bien de Dios y del Soberano.

 

Dadas en Roma a 30 de mayo de 1834, año cuarto de nuestro pontificado - Firmado por S. E., el Cardenal Albano - A. Picchioni, substituto.

 

Esta orden carece de uniforme.

 

Los últimos españoles reconocidos con esta alta distinción por la Santa Sede, en fecha 13 de octubre de 2003, con motivo de la quinta visita apostólica a España del Papa Juan Pablo II, fueron los siguientes:

 

Caballero de Gran Cruz de la Orden de San Gregorio Magno

Excmo. Sr. D. Francisco Javier Zarzalejos Nieto
Secretario General de Presidencia del Gobierno

Excmo. Sr. D. Jorge Fernández Díaz
Secretario de Estado para las Relaciones con las Cortes

Excmo. Sr. D. José Pedro Sebastián de Erice y Gómez-Acebo
Exsubsecretario de Asuntos Exteriores

Excmo. Sr. D. Francisco Javier Ansuátegui Gárate
Delegado del Gobierno de la Comunidad de Madrid

  Comendador con placa de la Orden de San Gregorio Magno

Excmo. Sr. D. José Antonio Sánchez Domínguez
Director General de Radio Televisión Española

Excmo. Sr. D. Alfonso Sanz Portolés
Jefe de Protocolo de la Casa de Su Majestad el Rey

Excmo. Sr. D. Agustín Díaz de Mera y García Consuegra
Director General de la Policía

Excmo. Sr. D. Juan Manuel de Barandica Luxán
Primer Introductor de Embajadores

Excmo. Sr. D. Fernando Arias González
Director General de Protocolo del Estado

Ilmo. Sr. D. Francisco A. del Pozo Martínez
General Jefe de la Base Aérea de Cuatro Vientos

Ilmo. Sr. D. José María Bethencourt Fontenla
Vicesecretario General de Presidencia del Gobierno

  Comendador de la Orden de San Gregorio Magno

Ilmo. Sr. D. Ignacio Vicens y Hualde
Arquitecto de los Estrados Papales

Ilmo. Sr. D. José Luis Tapia Rincón
Responsable de la logística, infraestructura, acreditaciones

Ilmo. Sr. D. Ramiro Fernández Bachiller
Segundo Introductor de Embajadores

Ilmo. Sr. D. Juan Sunyé Mendía
Subdirector General de Protocolo del Estado

  Caballero de la Orden de San Gregorio Magno

Ilmo.Sr. D. Nicolás Arroyo Fernández
Responsable de preparación, acogida y despedida del Santo Padre

Ilmo.Sr. D. Rafael Ortega Benito
Director de las emisoras territoriales de RNE